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Lun 2. Sep

Nación restringió el acceso a la información pública

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El Gobierno Nacional a través del decreto 780/2024, introdujo cambios en la Ley de Acceso a la Información Pública y limitó los datos que pueden ser solicitados a través de este mecanismo. La ONG Poder Ciudadano advirtió, “El acceso a la información pública es un derecho humano consagrado en pactos y tratados internacionales. En la Argentina se logró, en 2016, la sanción de la Ley 27.275 que permite un ejercicio efectivo del derecho”.

El decreto 780/2024 redefine el concepto de "información pública", excluyendo explícitamente cualquier dato de naturaleza privada generado, obtenido o custodiado por personas humanas o jurídicas privadas que no esté vinculado a un interés público comprometido, incluso el acceso a documentos que formen parte de deliberaciones preparatorias o que sean considerados "papeles de trabajo".

Una de las modificaciones es la reglamentación del acceso a la información relacionada con la vida privada de los funcionarios públicos, ya que a partir de ahora, dicha información solo será posible si el titular de los datos prestó su consentimiento explícito o si la información está directamente relacionada con las competencias de los funcionarios en cuestión.

El decreto también introduce nuevas disposiciones para la gestión de solicitudes de acceso a la información y establece que la plataforma destinada a la gestión para ingresar a esto deberá contener un registro detallado de los solicitantes y las respuestas brindadas, con el objetivo de agilizar y evitar la repetición innecesaria de solicitudes similares.

Tras esta decisión del gobierno de Javier Milei,  la fundación Poder Ciudadano,  que sigue de cerca la aplicación de la ley de acceso a la información, manifestó hoy su preocupación por el decreto.

“Nos preocupa el reciente decreto del Presidente de la Nación que, en lugar de impulsar el derecho de acceso a la información pública, pareciera limitarlo, por ejemplo, al modificar la definición de qué es información pública. Esta nueva norma olvida que el principio jurídico fundamental que sostiene este derecho –como estándar internacional que nuestro país ha refrendado vía obligaciones internacionales en incluso desde su Máximo Tribunal- es que la información se presume pública y el secreto es la excepción”, dijo Poder Ciudadano a través de un comunicado.

“Este decreto y su contenido no son el camino -advirtió-. Más derecho de acceso a la información significa más transparencia y menos corrupción.”

En el comunicado que dio a conocer pocas horas después de publicado el decreto de Milei en el Boletín Oficial, Poder Ciudadano advirtió: “El acceso a la información pública es un derecho humano consagrado en pactos y tratados internacionales. En la Argentina, gracias a un largo trabajo de incidencia y reclamo por parte de la sociedad civil -tanto a los poderes Ejecutivo y Legislativo, como a partir de procesos judiciales en los cuales se ha ratificado ese derecho en muchas ocasiones-, se logró, en 2016, la sanción de la Ley 27.275 que permite un ejercicio efectivo del derecho”.

Poder Ciudadano destacó que esa ley “significó un gran paso para la transparencia institucional en la Argentina, dado que se creó una herramienta esencial para que la ciudadanía pueda acceder, en forma efectiva, al control de los asuntos de gobierno”.

La ONG fue terminante: Ningún decreto puede restringir el acceso a la información pública más allá de lo que lo hace la ley sancionada democráticamente por el Congreso de la Nación. En los últimos años, diferentes pedidos de acceso a la información pública han ayudado a investigar causas judiciales, a alertar sobre comportamientos impropios de autoridades estatales, señalar reuniones entre personas en ejercicio de la función publica y otros sectores que podían configurar un potenciales conflictos de intereses, conocer quiénes accedían a edificios públicos y señalar el mal uso de los recursos públicos”.


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