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Mié 27. Nov

Ludopatía y ciberapuestas: Sin el PRO y LLA, quorum en Diputados

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Tras los 2 fracasos de ayer, este miércoles (27/11) la oposición logró quorum en Diputados para tratar la ley de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea.

Pese a que el PRO y La Libertad Avanza no bajaron al recinto, la oposición en Diputados logró el quorum este miércoles (27/11) tratar la ley de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea. Ayer habían fracasado las dos sesiones especiales pedidas por la oposición.

Esta sesión había sido pedida por un grupo de diputados de varios bloques, encabezados por la diputada de la Coalición Cívica Mónica Frade, quien presidió el plenario que debatió todo este año el tema y alcanzó a firmar dictamen el miércoles pasado. Precisamente fue Frade, por ese mérito, quien se ocupó de izar la bandera para dar inicio a la sesión cuando se reunieron los 137 diputados presentes.

En la sesión se pondrán en consideración los dos dictámenes aprobados en el plenario de comisiones que analizó este tema. El de mayoría, firmado por los bloques Unión por la Patria, Encuentro Federal, la Coalición Cívica y la izquierda, que prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas, de pronósticos y apuestas deportivas en línea; y otro del Pro, el oficialismo y la UCR.

La principal diferencia entre ambos está en el dictamen de mayoría en el artículo 8°, referido a la prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio. Según publica Semanario Parlamentario, es muy extenso el detalle de las prohibiciones, comenzando por la publicidad, promoción y patrocinio de los juegos de azar, de pronósticos y apuestas deportivas y de apuestas en línea. Quedan comprendidas las plataformas y redes sociales a través de internet, las tecnologías de la información y la comunicación, la comunicación audiovisual, la publicidad exterior, la cartelería en la vía pública o en espacios privados de uso público, medios de difusión gráfica, radiales, televisivos, emplazamiento del producto, podcast o cualquier otro medio de comunicación actual o que surja en el futuro.

También quedan prohibidos los bonos de bienvenida de juegos de azar y apuestas en línea, como también el auspicio de equipos deportivos o deportistas en forma individual, utilizar su marca o denominación comercial para identificar a una instalación deportiva, estadios, academias deportivas, centros recreativos, espacios públicos, centros de entrenamiento, la promoción de pronósticos deportivos y la colocación de cartelería fija o digital en los campos de juego y estadios. También su difusión en festivales o recitales artísticos o musicales y eventos culturales en general.

El otro dictamen establece en su artículo 3° establece la prohibición del acceso y la permanencia de niños y adolescentes menores de 18 años a plataformas digitales y sitios de juego de azar y/o apuestas en línea. El artículo 6° refiere las prohibiciones, que en este caso alcanza “toda publicidad, promoción y patrocinio de juegos de azar y/o apuestas en línea y de agencias y/o plataformas de juegos de suerte, envite, azar y/o apuestas en línea, tanto de forma directa como indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación”. Se deja claro que en ningún caso los programas de fidelización de clientes, membrecías especiales, o similares, podrán incluir premios o beneficios en sumas de dinero o créditos de cualquier tipo, que permitan al beneficiario iniciar o continuar los juegos de azar abarcados por la presente ley.

Img: X.com/Carito_Ramos

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