El Tribunal Oral Federal de Tierra del Fuego condenó a penas de entre 4 y 8 años de prisión a los imputados en el segundo juicio por trata de personas del caso de Alika Kinán y a la Municipalidad de Ushuaia a pagarle una indemnización de $960 mil más los intereses desde octubre de 2012, por "daños y perjuicios".
Los jueces Guillermo Quadrini, Mario Reynaldi y Alejandro Ruggero aplicaron una pena de 8 años de prisión a Pedro Montoya, dueño del prostíbulo Sheik de la ciudad de Ushuaia, de donde fue rescatada Kinán en octubre de 2012, junto a otras seis mujeres.
Además, sentenciaron a 5 años de prisión a Ivana García, pareja de Montoya, y a 4 años a Lucy Alberca Campos, la encargada del local.
La Justicia ya había condenado en 2016 a los tres acusados pero en 2018 la Cámara Federal de Casación Penal decidió que debía realizarse un nuevo juicio, para evaluar si correspondía la aplicación de penas mayores.
En 2016, Montoya había recibido una condena de 7 años de prisión, mientras García y Alberca Campos habían sido sentenciadas a 3 años de prisión en suspenso.
Según Casación, los jueces de entonces no tuvieron en cuenta, en el caso de Montoya, su participación en una organización delictiva de tres o más personas, y en el caso de García y Alberca Campos, que no fueron partícipes secundarias, sino coautoras del delito de trata.
Al revisar esos criterios, el tribunal oral fueguino consideró a Montoya responsable del delito de "trata de personas con fines de explotación sexual agravado por la pluralidad de víctimas y por la participación de tres personas", mientras que a García y Alberca Campos las catalogó como "coautoras" del mismo ilícito.
Además, la justicia condenó a Montoya, a García y a la Municipalidad de Ushuaia, como responsable de la habilitación comercial del local donde funcionaba el prostíbulo, a indemnizar a Kinán por la suma de $960 mil más los intereses desde octubre de 2012, por "daños y perjuicios".
Al fallar otra vez en el caso, los jueces confirmaron que el dueño del local nocturno "tenía las riendas de la explotación sexual", tanto por "la cantidad de víctimas sometidas a su selección, traslado y acogimiento" como por "la ingeniería criminal montada que implicaba ser destinatario en la recaudación de los emolumentos que sus víctimas obtenían de la actividad por él desplegada".
"Era el autor y cerebro de la estructura criminal que dirigía y que conformaba", sostuvo la sentencia a la que accedió Télam.
En tanto, García "resultaba ser socia de Montoya en el negocio, mantenía contacto con las víctimas e instrumentaba de modo quirúrgico las condiciones físicas que las mujeres debían ostentar para ser aceptadas en su circuito delictual", aseguró la resolución judicial.
A su vez, el tribunal entendió que Alberca Campos también ejecutó actos de explotación como el control de la entrada y salida de las víctimas del local, el pago de pasajes y el cobro de salidas, multas y copas.
El segundo juicio del caso comenzó el 17 de mayo, y tuvo suspensiones debido a las restricciones sanitarias por la pandemia de coronavirus.
Durante este nuevo proceso no declararon otra vez las víctimas y se incorporaron por lectura los dichos de varios de los testigos, igual que gran parte del cuadro probatorio.
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