Desde este sábado 31 comienza la restricción horaria de circulación para vehiculos de gran porte en un sector de la ruta n°3 | NotiTDF
Tiempo en Ushuaia
Vie 30. Jul

Desde este sábado 31 comienza la restricción horaria de circulación para vehiculos de gran porte en un sector de la ruta n°3

Tamaño de la letra A

En el marco del operativo invierno 2021 las distintas áreas intervinientes dieron a conocer este viernes que a partir del 31 de julio y hasta el 3 de octubre inclusive comienza a regir la restricción horaria de circulación para vehículos de gran porte en el trazado del ingreso a Ushuaia y Lago Escondido de la Ruta Nacional Nº 3.

La prohibición será entre las 9 y las 11 de la mañana y el horario comprendido entre las 15 y las 18 horas.
 
La disposición emitida por la Dirección General de Planificación y Transporte, que establece la restricción de circulación alcanza a los transportes comprendidos en las categorías N2, N3, O, O3 y O4.
 
El detalle de las clases anteriormente mencionadas es:
 
Categoría N2: vehículos utilizados para transporte de carga con un peso máximo superior a los 3.500 Kg., pero inferior o igual a los 12.000 kg.
 
Categoría N3: vehículo para transporte de carga con un peso máximo superior a los 12.000 kg.
 
Categoría O3: remolques cuyo peso máximo es mayor a 3.500 kg pero menor o igual a 10.000 kg.
 
Categoría O4: remolques cuyo peso máximo es mayor a 10.000 kg.
 
Por su parte, quedan exceptuados los trasportistas que trasladen carga que a continuación se detalla: De transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados; de animales vivos; de transportes de productos frutihortícolas en tránsito; exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual; de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío.
 
A esta excepción se suman los camiones: Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo; de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; de medicinas; de depósitos final de residuos sólidos urbanos; que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial; de Vialidad Nacional afectados al mantenimiento y adecuación de las vías.
 
Asimismo, se establece que las autoridades a cargo de control y fiscalización podrán, bajo los criterios de seguridad vial, autorizar y liberar la circulación de vehículos alcanzados por la medida, de manera gradual y progresiva cuando la medida finalice, permitiendo con ello, iniciar una circulación ordenada, evitando que, al finalizar el horario de restricción, inicien la circulación todos en forma conjunta y simultánea.


Sáb 9. Nov

El Municipio de Río Grande continúa con la entrega de equipamiento tecnológico a instituciones educativas, en el marco de su programa Nodos de Incl...

Sáb 9. Nov

El Gobernador de Tierra del Fuego AIAS, Gustavo Melella, acompañó el acto de celebración por el 150 aniversario de la llegada de los Salesianos a...

Sáb 9. Nov

Los concejales Matias Rodriguez Ojeda, Jeannette Alderete, presidente y vicepresidenta 1° del Concejo Deliberante respectivamente, junto a la edil Fl...

Sáb 9. Nov

El Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia informa el cronograma de entrega de módulos alimentarios del mes de noviembre