El Centro Austral de Investigaciones Científicas (CADIC-CONICET) aclara que no se realizó ninguna acción de control de la población de conejos en el predio y que descartó la posibilidad de utilizar gas fosfina. Sin embargo, se insiste en la necesidad de reconocer al conejo como una Especie Exótica Invasora que pone en riesgo el patrimonio natural, cultural e histórico de Tierra del Fuego, así como la salud de sus habitantes.
El CADIC sostiene que la información del expediente sigue siendo pública y niega haber solicitado que pase a ser accesible exclusivamente para los involucrados en el proceso judicial. Además, tal como consta en dicho expediente.
El conejo es un peligro ambiental
El principal motivo para tomar medidas urgentes en pos de la erradicación de esta Especie Exótica Invasora es ecológico, aunque sus detractores se centren estratégicamente en los daños potenciales que pueden causar los animales en la estructura del edificio del CADIC. Como bien se explicó en oportunidades previas, la invasión de conejos es una amenaza concreta para las especies nativas, para el suelo en el que se desarrolla la vida de otros organismos, para la salud humana y para el patrimonio histórico de Tierra del Fuego (afectando, por ejemplo, yacimientos arqueológicos).
Esto está debidamente justificado y argumentado en el expediente, a partir de trabajos científicos y experiencias históricas previas, tanto de esta provincia como de otras regiones del mundo (Ver noticia). De hecho, la preservación del patrimonio natural, histórico y simbólico de Tierra del Fuego es una preocupación que atraviesa las investigaciones científicas y también las acciones de intervención por parte del CADIC, desde hace cinco décadas.
El Conejo de Castilla es una Especie Exótica Invasora en todas partes del mundo, a excepción de su lugar de origen y constituye un serio peligro para la biodiversidad y los ecosistemas y, por tanto, debe ser controlada. Esto no es objeto de discusión sino que existe un amplio acuerdo internacional, tanto en la comunidad científica como en las organizaciones ambientalistas y actores políticos. Esto quedó plasmado en el listado de 100 DE LAS ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS MÁS DAÑINAS DEL MUNDO, llevado a cabo por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, entre las que ubica al conejo de Castilla. También se materializó en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, ratificado por 196 países, entre otras iniciativas internacionales.
El consenso sobre la necesidad del control de las Especies Exóticas Invasoras se expresa también a nivel Nacional mediante la adhesión al mencionado Convenio sobre la Diversidad Biológica, el cual se aplica a través de la Estrategia Nacional sobre Especies Exóticas Invasoras y la normativa específica. Esto fue reconocido además por el Consejo Provincial de Tierra del Fuego, donde participan representantes de instituciones académicas, científicas, gubernamentales y ONGs ambientalistas (Ver noticia) y también por el Consejo Federal de Medio Ambiente, dependiente del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación (Ver noticia).
Medidas de control por parte del CADIC
Tal como se expresó desde un primer momento, a pesar de la convicción fundada que tiene la institución acerca de la necesidad de controlar la invasión de conejos en la Isla, nunca se sostuvo una postura intransigente, autoritaria o cerrada al diálogo. Es por eso que en ningún momento se avanzó con acciones tendientes al control de la población de la especie del CADIC de ningún tipo, ni se avanzará hasta tanto se resuelva el conflicto. Además, cualquier acción que vaya a efectuar el CADIC será realizada con autorización previa de la autoridad de Aplicación Provincial con incumbencia en el manejo de las especies exóticas . Finalmente, atentos al malestar generado, el CADIC desestimó la posibilidad de utilizar gas fosfina, tal como consta en el expediente.
Proceso judicial
El proceso judicial se encuentra en curso, es decir que aún no existe sentencia. Por una parte el Juez Dr. Federico Calvete dictó una resolución que indica que el CADIC no debe implementar ninguna medida de control, mientras que los demandantes podrían aplicar su propuesta de captura y castración de conejos en el predio de la institución, a modo de prueba, hasta tanto el Juez tenga los elementos necesarios para tomar una decisión definitiva. En ese sentido se realizó una audiencia que se encuentra en suspenso a la fecha.
Por su parte, el CONICET apeló esta resolución ya que considera que incurre en errores procedimentales, técnicos y legales y desconoce argumentos científicos aceptados a nivel mundial por organismos académicos, gubernamentales y ambientales (Ver noticia).
Finalmente es importante aclarar de manera enfática que no se realizó ningún pedido de reserva de las actuaciones del expediente en cuestión. Es decir, es falso que se pretenda ocultar la información a la prensa y a la población. Muy por el contrario, todo lo que aquí se expresa consta en dicho expediente, por lo cual se invita a todos los interesados a acceder a esta información de primera mano ingresando en http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam (Jurisdicción "FCR- Justicia Federal de Comodoro Rivadavia", Nro de causa 4821, Año 2020).
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