La medida permite el acceso al DNI y que el Pasaporte se corresponda con la identidad autopercibida de la persona que lo tramite, a través de la implementación de la nomenclatura x.
Acompañarán al mandatario durante el acto, previsto para las 11:30 en el Museo del Bicentenario, los ministros de Mujeres, Géneros y Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta, y el ministro del Interior, Eduardo De Pedro, se informó oficialmente.
La medida permite el acceso al DNI y que el Pasaporte se corresponda con la identidad autopercibida de la persona que lo tramite, a través de la implementación de la nomenclatura “x”, y ya fue oficializada hoy a través del Decreto 476/2021 que se publicó en la edición de hoy del Boletín Oficial, previo al acto de anuncio formal de la medida.
La norma lleva la firma del jefe de Estado; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro del Interior, Eduardo ´Wado´ de Pedro; y de la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
El decreto dispuso que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) "deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743", en referencia a la ley de identidad de género aprobada en la Argentina el 24 de mayo de 2012.
Esta medida convierte a la Argentina en el primer país de Latinoamérica que habilita a través del nuevo decreto la posibilidad de consignar una opción diferente en el campo “sexo” del DNI, en línea con la modificación que ya han llevado adelante otros países del mundo como Canadá, Australia y Nueva Zelanda, señala la información.
Según se informó, podrán acceder a esta opción quien ya haya efectuado su rectificación registral y tramitado el nuevo DNI con anterioridad, se detalló.
El decreto indica que "se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría ´sexo´ en el DNI y el Pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino".
"La nomenclatura “X” en el campo ´sexo´ comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino", detalla el decreto.
Además, el DNI que cuente con la letra "X" en la zona reservada al sexo "tendrá validez como Documento de Viaje a los efectos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados".
En los considerandos, se establece que el decreto se realiza en virtud de que "el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la propia identidad, que forma parte del campo de los derechos humanos".
También hace alusión a que "el derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida" al tiempo que "se constituye como un concepto genérico que ensambla otros derechos que tutelan diversos aspectos de la persona".
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