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Mar 24. Nov

Los extranjeros que ingresen al país deberán presentar declaración jurada, PCR y seguro médico

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La Dirección Nacional de Migraciones (DNM), recordó que para el ingreso al país provenientes de los países limítrofes es obligatorio presentar una Declaración Jurada electrónica, 48 horas previas al viaje, donde se consigna la ausencia de síntomas compatibles al COVID-19, PCR negativo y seguro médico Covid-19.

 
La Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior, informa que se encuentran vigentes las disposiciones y requisitos para el ingreso al país de los argentinos, nativos y extranjeros provenientes de los países limítrofes, que incluyen la obligatoriedad de presentar una Declaración Jurada electrónica, 48 horas previas al viaje, donde se consigna la ausencia de síntomas compatibles al COVID-19.
 
La DNM reitera además que las únicas personas habilitadas para ingresar o salir del país, desde y hacia cualquier lugar del mundo, son argentinos nativos y extranjeros residentes en Argentina, quienes pueden hacerlo a través del Aeropuerto Internacional de Ezeiza, en el tránsito con Uruguay por la terminal Buquebús del puerto, o bien con los países fronterizos mediante los cuatro pasos terrestres habilitados.
 
En tanto, por razones turísticas sólo pueden ingresar los extranjeros nativos o con residencia en países limítrofes que lo hagan provenientes desde esos países, únicamente a través del aeropuerto de Ezeiza, o Buquebús, y en todos los casos presentando previamente la Declaración Jurada, de carácter obligatorio, como así también un seguro médico Covid y un análisis PCR negativo, de hasta 72 horas previas.
 
Respecto a la Declaración Jurada, los únicos ciudadanos exceptuados de realizarla de manera electrónica son los mayores de 76 años, quien en ese caso son asistidos por personal de la DNM para su presentación en los mencionados puntos de ingreso al país.
 
El no cumplimiento de los requisitos, además de la prohibición al ingreso a la Argentina, prevé multas a las compañías aéreas y empresas que permitan el tránsito de personas sin la documentación exigida.
 
Por otra parte, tanto en la terminal aérea y fluvial, como en los ingresos terrestre, continúan funcionando los protocolos sanitarios coordinados con el Ministerio de Salud que garantizan el control de temperatura a través de las cámaras térmicas desplegadas en esos lugares y las medidas de distanciamiento social, tendientes a minimizar los riesgos de contagios.
 
Por su parte, para las personas argentinas nativas o extranjeras residentes en nuestro país que ingresen, además de completar la Declaración Jurada electrónica donde consignan datos de salud para descartar síntomas compatibles con Covid-19, también debe constar el domicilio donde realizarán la cuarentena obligatoria.
 
Por instrucción del Ministerio del Interior, este último dato es informado en tiempo real por Migraciones a los gobiernos provinciales para que controlen el efectivo cumplimiento de la medida de aislamiento.
 
Requisitos para el ingreso al país
 
*Declaración Jurada Electrónica de carácter obligatorio y realizada 48 horas antes del embarco.
 
*Análisis PCR con resultado negativo, de hasta 72 horas antes del viaje.
 
*Seguro médico Covid-19


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