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Vie 17. Sep

Lousteau presentó en el Senado un nuevo proyecto para eliminar las indemnizaciones por despido

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El Senador de JxC, Martín Lousteau, presentó en la Cámara Alta un nuevo proyecto de ley para eliminar las indemnizaciones por despido. En diputados, Héctor Stefani ya había presentado un proyecto similar, pero este tiene "correcciones y mejoras" indicaron. El “Fondo de Cese Laboral" se integrará por un aporte mensual obligatorio por cada trabajador. Los fondos disponibles deberán ser invertidos en instrumentos de bajo riesgo para preservar el capital invertido.

El proyecto de Lousteau plantea crear un  “fondo nacional solidario” y se  diferencia del de Diputados busca crear un “seguro de garantía” .
 
El proyecto propone la creación del Fondo Nacional de Cese Laboral, "en el ámbito de la Administración Nacional de la Seguridad Social o la que en un futuro la reemplace, con el objeto de reemplazar paulatinamente todas las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo previstas por el Título XII de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y sus modificaciones".
 
En su artículo tercero, establece que "el Fondo será de carácter solidario, en el cual la parte empleadora hará un aporte mensual por cada trabajador o trabajadora con el fin de garantizar las sumas de dinero que deberán percibir en ocasión del cese de su relación laboral, reemplazando a la parte empleadora en su obligación".
 
El Fondo de Cese Laboral "se integrará por un aporte mensual obligatorio por cada trabajador o trabajadora a cargo de la parte empleadora, el cual se realizará desde el momento en el que se da inicio a la relación laboral", señala el artículo 4º y que  "no podrá exceder del 12% de la remuneración mensual bruta durante el primer año y del 8% para los años subsiguientes".
 
"El aporte previsto por este artículo no se practicará sobre las sumas correspondientes al sueldo anual complementario, recargos legales sobre horas suplementarias, indemnizaciones de cualquier naturaleza o cualquier otra suma no remunerativa".
 
Además establece  que "los fondos líquidos disponibles dentro del Fondo Nacional de Cese Laboral deberán ser invertidos en cualquier instrumento de bajo riesgo que garantice la liquidez y procuren preservar el capital invertido". Y se aclara: "Se encuentra prohibida la privatización de los fondos que integran el Fondo Nacional de Cese Laboral".


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