El padrón definitivo para las elecciones extraordinarias de Convencionales Constituyentes para reformar la Carta Orgánica Municipal de Ushuaia lo conforman 63.229 personas. Hay 210 mesas habilitadas distribuidas en 30 centros de votación. Cada establecimiento tendrá un Cuarto Oscuro Accesible. La multa por no justificar el voto será de 1600 pesos.
Este domingo 15 de mayo, desde la 8 a las 18, se llevarán adelante las elecciones extraordinarias de Convencionales Constituyentes para reformar la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, para lo que se deberán elegir 14 titulares y 7 suplentes de las fuerzas políticas presentadas.
El padrón definitivo del electorado lo conforman 63.229 personas residentes en Ushuaia, de las cuales 3.069 al día de la elección tienen entre 16 y 18 años, inclusive.
Las personas deberán elegir una lista entre las presentadas por los distintos partidos políticos o alianzas que participan, bajo el sistema de preferencias, para lo cual la autoridad de mesa hará entrega de un sobre una lapicera de color.
Una vez en el cuarto oscuro, la persona podrá marcar su preferencia, con una cruz dentro del recuadro que antecede el nombre de los titulares de la lista elegida. Se puede hacer entre uno o todos los candidatos titulares con la lapicera de color que entregue la autoridad de mesa. Si la preferencia se efectúa con una lapicera distinta a la que entrega la autoridad, será invalidada.
Listas participantes
Para esta elección se presentaron nueve 9 listas, que en el interior del cuarto oscuro estarán ubicadas en el siguiente orden: Lista 54 “Movimiento Popular Fueguino”; Lista 93 “Unidos por Ushuaia”; Lista 94 “Juntos por el Cambio”; Lista 96 “Mas Ushuaia”; Lista 97 “Si, Ushuaia”; Lista 117 “Somos Fueguinos”; Lista 195 “Republicanos Unidos”; Lista 203 “Partido Obrero”; Lista 555 “Hacer un Nuevo País desde el sur”.
Para acceder a la plataforma de cada una de ellas, hay que ingresar al siguiente link https://bit.ly/3PbJElx
Consulta padrón
A través del link https://webpadron.justierradelfuego.gov.ar/consultar, ingresando el número de DNI se podrá consultar el padrón. Allí figuran los datos del elector/a, colegio, número de mesa y orden, y un mapa con la ubicación -mediante la aplicación Google Earth- del establecimiento donde se vota.
Documentos válidos para votar
Los documentos válidos para votar son libreta cívica o de enrolamiento, o en cualquiera de sus formatos: verde, celeste y la tarjeta plástica, aun cuando lleve impresa la leyenda no valido para votar.
Para votar se puede presentar un ejemplar igual o posterior al que consta en el padrón, no se podrá votar con un documento de identidad anterior.
Cuarto Oscuro Accesible
Las personas que presenten alguna limitación o discapacidad permanente o temporal, perceptible o no, tendrán garantizadas las medidas de accesibilidad electoral para votar.
Por ello, el Juzgado Electoral dispuso que en cada establecimiento haya una mesa cercana al lugar de ingreso que funcionará como un Cuarto Oscuro Accesible (COA).
Se puede solicitar al delegado electoral el uso del COA para que le de aviso a la autoridad de mesa, quien verificará la identidad de la persona y la inclusión en el padrón, previo a entregar el sobre de votación.
Centros de votación
Para estas elecciones, se dispusieron 210 mesas habilitadas para emitir el voto que estarán distribuidas en 30 centros de votación
Colegio Don Bosco (San Martín 936); Escuela Nº 1 “Domingo Faustino Sarmiento” (Maipú 697); Centro Polivalente de Arte (Leandro N. Alem 15); Escuela Nº 16 “Dr. Arturo Mateo Bas” (Antonio Isorna 690); Instituto de Enseñanza Superior IPES (Gobernador Deloqui 237; Colegio Monseñor Alemán (Onas 767); Escuela Nº 13 “Alte. Guillermo Brown (Gobernador Paz 1811); Escuela Nº “Oshovia” (Leandro N. Alem 2021); Escuela Técnica “Olga B. de Arko” (Gobernador Paz 1693); Escuela Nº 3 “Monseñor Fagnano (12 de octubre 383); Escuela Nº 34 “Yak-Haruin” (12 de octubre 371); Escuela Nº 24 “Juan Ruiz Galán” (Puerto Español 594); Escuela Nº 9 “Cmdte. Luis Piedrabuena” (Río Grande 66); Universidad Nacional Tierra del Fuego (Yrigoyen 879); Escuela Nº 22 “Bahía Golondrina” (Constitución Fueguina 951); Colegio del Sur (Leandro N. Alem 3281); Escuela Nº 31 “Juana Manso” (Leandro N. Alem 3902); Escuela Nº 48 (11 de septiembre s/n); Colegio “María Eva Duarte de Perón” (De la Estancia 2951); Colegio Nacional Ushuaia (del Monte 1850); Escuela Nº 41 “Mario Benedetti” (Bahía de los Abrigos 3050); CIEU “Libertador Gral. San Martín” (Perito Francisco Moreno 1415); Colegio Ernesto Sábato (Facundo Quiroga 1780); Escuela Nº 15 “Centenario de Ushuaia (Ricardo Balbín 2535); Escuela Nº 47 (Cabo San Pio 661); Gimnasio “La Cantera” (Soberanía Nacional 2468); Colegio “Los Andes” (Felipe Romero 205); Escuela Nº 39 “Mirador del Olivia” (F. Romero y Pioneros Fueguinos); Escuela Rural N°6 “Provincia de Entre Ríos” (Ruta KM 3000), y Detenidos Ushuaia (Centro de Detención Ushuaia”.
Justificación de la no emisión del voto
Se impondrá multa equivalente a $1.600 al que dejare de emitir su voto y justificare ante el Juez de Primera Instancia Electoral.
La constancia de pago de la multa estará disponible dentro de los sesenta (60) días de finalizada la elección.
¿Cuál es la documentación válida para justificar?
Estudiantes fuera de la provincia (certificado de alumno regular); más de 500 kilómetros (constancia policial en cualquier comisaria, pasaporte sellado, pasajes o tarjetas de embarque); salud (certificado médico); otros (documentación fehaciente que acredite la imposibilidad de votar).
La documentación deberá enviarse, con copia del DNI, a la casilla de correo justificaciónvoto@justierradelfuego.gov.ar dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección.
Prohibiciones
Quedan prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresa o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos, o por cualquier otro medio, así como la propaganda proselitista desde 48 horas antes de la iniciación del Acto Electoral.
Además, ofrecer o entregar al electorado boletas de sufragios dentro del radio de 80 metros de los lugares habilitados para sufragar.
También, admitir reuniones de electorado durante las horas en que se desarrolle el Acto Electoral, a todo propietario o inquilino que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de los lugares habilitados para sufragar.
Los espectáculos populares al aire libre o en recinto cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieren a al Acto Electoral.
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas de cualquier clase, desde las 0 horas del día del Acto Electoral y hasta pasadas las 3 horas de la clausura del mismo. Durante el lapso indicado, los comercios deberán colocar un cartel con la leyenda “Día de comicios-Prohibida la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas”.
La publicación o difusión de sondeos, encuestas o estudios de opinión referidos al Acto electoral, por cualquier medio de difusión, desde 48 horas antes de la iniciación del acto electoral hasta la finalización del mismo. Que resulta razonable modificar el tiempo estipulado por la norma local, extendiéndolo hasta tres horas después del cierre del acto electoral.
Integración Junta Electoral Municipal
La Junta Electoral Municipal de Ushuaia quedó constituida el pasado 16 de marzo, según lo establecido en el cronograma electoral, y es presida por el juez del Juzgado de Primera Instancia Electoral, Dr. Isidoro Aramburu e integrada por el vocal de la Sala Civil, Comercial y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Sur, Dr. Aníbal Acosta; el Fiscal Mayor del Distrito Judicial Sur, Dr. Eduardo Urquiza; la secretaria del Juzgado Electoral, Dra. Mariel Zanini; la vecina Andrea Anabel Cabrera y el vecino Cristian Santiago López.
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