El Gobierno nacional dispuso nuevamente un "procedimiento para autorizar el trasladado excepcional" para que los varados dentro del país puedan regresar a sus hogares. El permiso regirá a partir del próximo 5 de mayo, deberá ser aprobado por cada jurisdicción y se otorgará una sola vez. El "Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual" tendrá una vigencia 96 horas desde su emisión.
A través de una resolución conjunta entre los ministerios de Transporte e Interior, se dispuso un nuevo procedimiento para que puedan retornar a sus hogares en auto, aquellas personas que quedaron varadas en el interior del país por la cuarentena. La Resolución Conjunta 3/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
"Apruébase el procedimiento para autorizar el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto al de su residencia habitual" en el país y deseen regresar a sus hogares "a través de vehículos particulares".
Para eso "se considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su Documento Nacional de Identidad, a excepción de que pudieran acreditar que aquél ha variado mediante documentación fehaciente".
El permiso se otorgará en forma excepcional una sola vez. Cada provincia, incluida la Ciudad de Buenos Aires abrirá y administrará un registro de personas que deseen regresar a su residencia habitual. En el registro se deben incluir datos de la persona que maneja el automóvil y sus acompañantes, incluidos números de teléfonos celulares.
Los interesados en regresar a sus hogares deberán inscribirse en el registro de ciudadanos residentes del distrito al que pretenden regresar y completar una planilla. Una vez realizado dicho paso las autoridades de cada lugar a la que se pretende regresar "aprobarán o desestimarán las solicitudes" en base "a la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, en condiciones de seguridad sanitaria, comunicando la decisión a los solicitantes”.
Además, los interesados tendrán que esperar la confirmación si es que necesitan que un auto los vaya a buscar hasta el lugar donde se encuentran haciendo la cuarentena, en el caso de que no cuente con un medio de transporte propio.
“A partir del día martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno-o el funcionario público delegado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión del ‘Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual’”, indica la Resolución.
El "Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual" tendrá una vigencia de noventa y seis (96) horas computadas a partir de su emisión.
En el caso de pasar por controles de tránsito por la pandemia del coronavirus "la persona deberá exhibir copia digital o impresa del Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual y documentación respaldatoria de los datos allí consignados; en particular, de dichos documentos deberá surgir la coincidencia entre los datos y los del domicilio de residencia habitual al que se dirige".
Falsear los datos para obtener este permiso excepcional de circulación podrá provocar, además de sanciones civiles y administrativas, denuncias penales.
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